Convenios

Objeto: fijar el marco de colaboración entre la Escuela Balear de Administración Pública y el Consejo Consultivo en materia de formación y perfeccionamiento, a fin de mejorar la formación y los conocimientos de los empleados públicos y favorecer su promoción personal y profesional, y de rentabilizar los servicios públicos.

También es objeto de este convenio establecer un marco de colaboración en materia de homologación de actividades formativas impartidas al personal al servicio del Consejo Consultivo por entidades externas a la Escuela Balear de Administración Pública, siempre que la formación impartida cumpla los criterios, los requisitos y las condiciones fijados por la Escuela, de acuerdo con la normativa que resulte aplicable.

Fecha: 1 de enero de 2022.

Vigencia: cuatro años, con la posibilidad de una prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.

Obligaciones económicas convenidas: no implica obligaciones económicas o presupuestarias para las partes.

Objeto: establecer las condiciones del ejercicio de las funciones de apoyo y gestión en materia de función pública para el personal propio del Consejo Consultivo.

Fecha: 16 de febrero de 2022.

Vigencia: cuatro años, con la posibilidad de prorrogarlo.

Obligaciones económicas convenidas: no implica obligaciones económicas o presupuestarias para las partes.

Objeto: establecer los términos y las condiciones bajo los cuales el Consejo Consultivo debe utilizar las soluciones tecnológicas en materia de administración electrónica desarrolladas por la Administración de la Comunidad Autónoma en la modalidad de multientidad, mediante la configuración de una única instalación en las dependencias del Gobierno de las Illes Balears que permite ofrecer servicio a diferentes entidades que actúan como entes independientes entre sí y sin que haya entre ellas colisión de la información. 

Fecha: 4 de julio de 2024.

Vigencia: cuatro años desde la fecha de la firma, con la posibilidad de prorrogarlo por un período de hasta cuatro años adicionales por acuerdo unánime de las partes en cualquier momento anterior a su finalización.

Obligaciones económicas convenidas: no comporta gastos ni compromisos económicos para ninguna de las partes.